Habilitar, Certificar y Acreditar: Entre diferencias y similitudes
Por: Dilenny Camacho Diplán
En el sector salud las palabras de habilitación, certificación y acreditación son de uso común, sin embargo, en muchas de las ocasiones utilizadas, se manejan de manera errónea e indistinta.
No se puede negar que guardan ciertas semejanzas y elementos similares, pero son acepciones diferentes y que juegan un rol muy significativo distintivamente para una prestadora de servicios de salud.
Lo primero a establecer es el significado que la Real Academia Española le concede a cada una de estas palabras. Iniciamos por “habilitar” el cual es definida como: “hacer a alguien o algo hábil, apto o capaz para una cosa determinada”. En el caso que nos compete, es conceder la capacidad de operar o realizar las labores de servicios de salud.
De igual forma, la Ley General de Salud No. 42-01, dispone lo que debe de entenderse por Habilitación como: “Acción de habilitar. Permitir o dar permiso. Es el proceso mediante el cual la SESPAS autoriza o da permiso a una institución o persona moral de ofertar sus servicios conforme a las normas y leyes nacionales”.
En este mismo texto legal, continúa diciendo que es de competencia de las autoridades de Salud Pública conceder este permiso o licencia, conjuntamente con la Comisión Nacional de Acreditación de Clínica y Hospitales Privados. Se puede observar la forma indistinta que manejan las acepciones de habilitación y acreditación, cuando la misma dispone en el artículo 100 que:
“… la acreditación de estas instituciones…” o “… la SESPAS reglamentará por resolución la habilitación, funcionamiento y acreditación de los establecimientos de salud y promoverá la garantía de calidad…”.
Es importante destacar, que la legislación de salud hace un uso incorrecto e indistinto de la palabra acreditación, debido a que todo lo que señala la ley de salud va vinculado directamente a un concepto generalizado respecto a los requerimientos mínimos obligatorios nacionales que debe tener un centro de salud para funcionar, y el concepto de acreditación, como se verá mas adelante, hace alusión a parámetros internacionales. La legislación dominicana hace referencia únicamente al concepto de habilitación como tal.
Básicamente, el Ministerio de Salud Pública concede la licencia o permiso de habilitación, el cual es el documento de autorización de funcionamiento u operación de un Establecimiento y Servicio de Salud.
En resumen, habilitar desde la perspectiva de salud o para una prestadora de salud es el procedimiento que autoriza a funcionar a los establecimientos mediante el cumplimiento de requisitos mínimos de garantía para la prestación de servicios de salud, concedida por la autoridad sanitaria.
El segundo de los términos es “certificar”, el cual la RAE indica que es “asegurar, afirmar, dar por cierto algo, dicho de una autoridad competente: Hacer constar por escrito una realidad de hecho”. Como bien lo señala la definición de la RAE, con la certificación está dando constancia de qué y cómo se realiza un determinado proceso o procedimiento de atención de salud. Uno de los elementos mas relevantes a destacar es que esta constancia debe ser por escrito. Que las normativas establecidas dentro de una institución de salud corresponde al quehacer asistencial que se explica, y viceversa, que justamente lo que se hace esté en concordancia con los manuales.
Jaime Palacio nos define la certificación como un acto voluntario, es decir, que la decisión de llevarla a cabo depende exclusivamente de la parte interesada, ya sea el empresario, la dirección de la empresa, o alguna persona en particular y que existen distintas versiones del concepto certificación, en función del objeto que se desea certificar.
Las certificaciones en organizaciones de servicios van de la mano con los procesos de calidad dentro de una institución. Se entiende que certificar es “garantizar algo como cierto”. En este sentido, certificar la calidad significaría “garantizar como cierta la calidad”. Se puede decir que la certificación es la actividad consistente en la emisión de documentos que atestiguan que un producto, proceso o servicio se ajusta a normas técnicas determinadas, corroborando la implementación de un sistema de calidad con lo que se realiza día con día.
Se solicita esta constancia de entidades que permitan validar por medio de la certificación, que efectivamente se realizan los procesos conforme a las disposiciones y políticas del hospital, resultando esto un proceso de consolidación de evidencias de lo que se hace se encuentra acorde a los establecido y que se encuentra dentro de los estándares reconocidos nacional e internacionalmente.
En conclusión, la certificación es el procedimiento por el cual una tercera parte entrega un aseguramiento escrito que un producto, proceso, persona, sistema de gestión o servicio cumple con requisitos especificados.
La certificación con mayor reconocimiento en el sector salud a nivel internacional son las ISO (International Organization for Standardization). En la actualidad hay múltiples normas derivadas de la ISO 9000 y 9001 similares en varios apartados generales con ampliación específica a distintos sectores (residencias de personas mayores, laboratorios de ensayo, gestión de calidad, etc.).
Por último, la palabra “acreditar” según la RAE es “hacer digno de crédito algo, probar su certeza o realidad. Afamar, dar crédito o reputación. Dar seguridad de que alguien o algo es lo que representa o parece”.
La Ley General de Salud 42-01 define la acreditación como la concesión de un documento que asegura que una institución prestadora de servicios reúne los requisitos para operar conforme a su nivel de complejidad, cumpliendo estándares de infraestructura, equipamiento y calidad de servicio. Nuevamente se puede observar que la legislación dominicana cuando habla de acreditación hace alusión a la operatividad y funcionamiento de un centro, dígase habilitación, y no al concepto de acreditación verdadero.
En el sector sanitario las acreditaciones, al igual que las certificaciones, van relacionadas con los procesos de calidad de una institución o servicio. La acreditación en salud es un proceso voluntario y periódico de autoevaluación interna y revisión externa de los procesos y resultados que garantizan y mejoran la calidad de la atención del cliente en una organización de salud, a través de una serie de estándares óptimos y factibles de alcanzar, previamente conocidos por las entidades evaluadas. Es realizada por personal idóneo y entrenado para tal fin, y su resultado es avalado por la entidad de acreditación autorizada para dicha función.
Entonces, conceptualizando la acreditación es una evaluación externa y voluntaria, que valida el cumplimiento de unos lineamientos o estándares reconocidos a nivel internacional, en cuanto a la gestión de calidad en la prestación de los servicios hospitalarios.
La profesora Pilar Moreno, en este sentido ha indicado que, la acreditación es el reconocimiento formal de la independencia y la capacidad técnica de un organismo de evaluación de la conformidad para desarrollar su labor con arreglo a requisitos reconocidos internacionalmente.
Hay que señalar varios elementos característicos de las acreditaciones a nivel sanitario. El factor técnico de la autoridad evaluadora, que debe ser reconocida formalmente y que mediante la acreditación de un centro de salud se le concede o reconoce competencias de estándares reconocidos a como mejores prácticas por varios países e instituciones mundiales
De los modelos de acreditación de calidad destacados en el sector salud se tiene a la Joint Commission, modelo europeo EFQM (European Foundation for Quality Management) Acreditación Canadá y la Acreditación de las normas ISO (Norma ISO 15185 de competencias de Laboratorios Clínicos).
Tanto la certificación como la acreditación nacen como una necesidad del siglo XX para proporcionar confianza a las partes interesadas de las organizaciones sanitarias, para alcanzar unos niveles de calidad en los servicios prestados.
En conclusión, los sistemas de salud a nivel mundial utilizan la habilitación, certificación y acreditación de hospitales como una garantía del cumplimiento de las normas mínimas para proporcionar el servicio de salud. Todos y cada uno de los modelos son de gran importancia, no solo para mejorar la calidad de los servicios, sino para asegurar y mejorar la confianza de los interesados externos, como son los pacientes, los financiadores del sistema y el Estado.
Referencias:
Portal del Ministerio de Salud Pública
Reglamento Nacional de Habilitación de establecimientos de salud
Ley General de Salud 42-01
Palacio J. Método de acreditación en los sistemas de Dirección de Salud. 2018
Moreno P. El modelo ISO 9000. 2018